INFORME
SOBRE MUJERES MAYORES 2021 (II)
Sonia Zapata. Investigadora Cendec
NORMAS
INSTITUCIONALES
Las normas internacionales de derechos humanos ofrecen garantías
y protecciones importantes para los derechos de las mujeres de edad, la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer consagra derechos y protecciones contra la discriminación de todas las
mujeres, independientemente de la edad. Si la discriminación por sexo y el
género se agrava por otros factores, entre los que está la edad, los Estados
deben y prohibir legalmente estas formas de discriminación.
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la
Mujer fue creado en virtud de un tratado de derechos humanos que trata constantemente
cuestiones relativas a las personas mayores, especialmente de las mujeres de
edad el Comité destaca varias desigualdades y discriminación, en la edad mayor,
que no están afrontadas de manera
suficiente por los Estados La consideración de situaciones específicas de las
mujeres de edad no es sistemática y las referencias a la edad mayor se enumerar
muy poco entre los factores que requieren atención.” las necesidades específicas
y las dificultades de las mujeres de edad no son generalmente tenidas en
consideración en algunas áreas temáticas,”
En el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el
Envejecimiento se estipuló la necesidad de la incorporación de la perspectiva de
género y se propusieron varias recomendaciones de medidas centradas en las
mujeres. La revisión que se realizó recientemente muestra que los Estados
adoptaron muy pocas medidas enfocadas en las mujeres de edad. Además, la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra la Mujer, estipula que “los Estados parte tienen la obligación de
adoptar medidas que tengan en consideración la elevada vulnerabilidad a la
violencia de ciertos grupos, incluidas las mujeres de edad establece
disposiciones específicas respecto de la protección de las mujeres de edad “
Las mujeres de edad que están en posiciones de liderazgo ya
sea en la política, los negocios, la cultura, la sociedad civil, la academia, son
ejemplos poderosos para desafiar las ideas respecto de la pasividad y la
dependencia en la edad avanzada. Las instituciones nacionales de protección de
los derechos humanos, la sociedad civil, las asociaciones profesionales, la
academia también juegan un papel importante en la promoción de los derechos de
las mujeres de edad.
La feminización del envejecimiento conlleva repercusiones
importantes tanto para la igualdad de género como para los derechos de las
personas de edad. Es común que las mujeres mayores sumen una serie de desventajas
son mujeres con menores niveles de educación y de oportunidades de aprendizaje,
menos ahorros, activos y bienes, además de pensiones bajas o ninguna en
absoluto. Esto impide el derecho a un nivel de vida adecuado, de protección
social y el estándar de salud más alto posible, Varias mujeres de edad dependen
de otros para satisfacer sus necesidades básicas y, carecen de independencia y
autonomía, además de aumentar su exposición a padecer violencia, maltrato y
descuido.
. La pandemia de COVID-19 agravó las desigualdades
existentes, con efectos negativos respecto de la exclusión social, la soledad y
las cuestiones de salud mental entre las mujeres de edad. Algunos factores
agravan estas situaciones como el estado civil, vivir en zonas rurales y
remotas, vivir con una discapacidad, la pobreza, la orientación sexual e
identidad de género, ser inmigrante La Experta Independiente reitera la falta
de un instrumento jurídico internacional para promover y proteger los derechos
y la dignidad de las personas de edad que sea abarcador e integrado
Recomienda que los Estados: a) eliminen la discriminación
contra la mujer y respeten, protejan y hagan cumplir sus derechos humanos con un
enfoque intersectorial que afronte, de manera eficaz, las formas de
discriminación. Las políticas y las estrategias nacionales sobre igualdad de
género y violencia doméstica deben incorporar la perspectiva de edad y
actualizarse. b) Incorporen la perspectiva de género en toda su normativa,
políticas y planes de acción relativos al envejecimiento y las personas de edad,
c) Garanticen la participación efectiva de las mujeres de edad en los debates
de políticas, y en la vida política, civil, económica, social y cultural. d)
Elaboren medidas para combatir el edadismo y los estereotipos de género, e)
Recopilen datos por edad, género y otras variables sociodemográficas para captar
la realidad que viven las mujeres y garantizar que nadie sea excluido. f)
reducir las brechas de género en materia educativa La información sobre los
derechos, debe estar disponible en formatos accesibles para que todas las
mujeres de edad puedan reclamar sus derechos g) Elaboren programas orientados a
la actualización de capacidades que les permitan acceder al mercado laboral, a
empleos seguros y con buenos salarios. k) Inviertan en infraestructura de
calidad, para la atención a largo plazo y de cuidados paliativos, que se
considere el consentimiento libre e informado. l) Realicen una mayor
investigación y análisis sobre las experiencias de violencia, maltrato y
descuido que padecen las mujeres de edad, también que garanticen la
capacitación de los trabajadores sociales, asistenciales y de los funcionarios
del orden público, para proteger y apoyar a las mujeres de edad que están en
riesgo de sufrir violencia y maltrato. m) Identifiquen las necesidades y las
vulnerabilidades específicas de las mujeres de edad a las medidas en materia de
cambio climático y de reducción del riesgo de desastre, y a la pandemia de
COVID-19.
La Experta
Independiente recomienda que las organizaciones de la sociedad civil y las
instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos
prioricen a las personas de edad, y de promover el cambio de paradigma, de
considerar a las personas de edad como beneficiarias de asistencia social hacia
otro que las considere titulares de derechos.
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